Publican cronograma para el retiro de S/ 2,000 del fondo de las AFP

El afiliado solo podrá acogerse a uno de los beneficios a través de uno de los grupos de beneficiados
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento operativo para que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) atiendan a los afiliados de acuerdo al cronograma establecido.


Indicó que el 14 de abril último se publicó el Decreto de Urgencia (DU) N° 038-2020 que estableció recientes medidas complementarias para mitigar los efectos económicos ante el Covid-19, disponiendo que los afiliados al SPP puedan acceder, por única vez, al retiro extraordinario de hasta S/ 2,000 de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), previo cumplimiento de determinados requisitos y condiciones.


En cumplimiento de lo establecido en dicho DU, la SBS, mediante Circular N° AFP-173-2020 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruao, se ha aprobado el procedimiento operativo para que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) atiendan a los afiliados de acuerdo al siguiente cronograma:


Cronograma:


-Grupo de beneficiados: Afiliados que no cuenten con la acreditación del aporte obligatorio correspondiente al período de febrero de 2020    
Solicitud: Del 20 de abril al 4 de mayo de 2020
Forma de pago: 1 sola armada

-Grupo de beneficiados: Afiliados que no cuenten con la acreditación del aporte obligatorio correspondiente al período de marzo de 2020    
Solicitud: Del 6 de mayo al 19 de mayo de 2020
Forma de pago: 1 sola armada

-Grupo de beneficiados: Afiliados cuya última remuneración declarada o la suma de estas, percibidas en el período de febrero de 2020 sea menor o igual a S/2,400    
Solicitud: Del 21 de mayo al 3 de junio de 2020
Forma de pago: Dos armadas de S/ 1,000 el primer mes y la diferencia en el mes siguiente

-Grupo de beneficiados: Afiliados cuya última remuneración declarada o la suma de estas, percibidas en el período de marzo de 2020 sea menor o igual a S/2,400    
Solicitud: Del 5 de junio al 18 de junio de 2020.
Forma de pago: Dos armadas de S/ 1,000 el primer mes y la diferencia en el mes siguiente

-Grupo de beneficiados: Afiliados cuya empresa donde labora se encuentra en situación de suspensión perfecta de labores
Solicitud: A partir del 30 de abril en adelante (*)    
Forma de pago: 1 sola armada

El comunicado señala que los afiliados pueden ingresar su solicitud de retiro extraordinario bajo los canales y formatos que habiliten las AFP, las que deben efectuar el desembolso del monto solicitado dentro de los seis (6) días hábiles siguientes de presentada la solicitud.


Las AFP establecen los mecanismos para garantizar la disponibilidad de los canales de atención de las solicitudes de los afiliados, dadas las condiciones de la emergencia nacional sanitaria, anotó.

 

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