Trámite para dispensa por no acudir a votar puede realizarse de forma virtual

El trámite se realiza en el módulo de dispensa que se ubica en la página web del Jurado Nacional de Elecciones
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Las personas que no acudieron a votar en las elecciones del domingo 6 de junio o no ejercieron el cargo de miembro de mesa, pueden realizar el trámite de dispensa para no pagar la multa electoral, de forma virtual, recordó el Jurado Nacional de Elecciones.

El trámite se realiza en el módulo de dispensa que se ubica en la página web del JNE, precisó el ente electoral.

Para las personas que enfrentan contagios por COVID-19 el trámite es gratuito, puede realizarse hasta setiembre y  aplicar a una dispensa por esta causal, se deberá adjuntar el documento de alta dado por el médico tratante, en el cual estará señalado la fecha de inicio del contagio y la duración del tratamiento, que debe coincidir con la fecha de las elecciones.

Otra causal para solicitar una dispensa o justificación es por temas de salud o circunstancias que evidencian su imposibilidad de acudir a votar o ejercer el cargo de miembro de mesa, como la discapacidad o tener bajo su cuidado a personas que requieren de atención permanente.

En caso el elector hubiera sufrido el robo de su DNI antes de la elección, lo primero que debe hacer es presentar la denuncia ante una comisaría, tramitar su nuevo documento de identidad y proceder al trámite con ese documento, cuya fecha de emisión debe ser posterior a la elección.

Causales de dispensa

Los casos en los cuales procederá el pedido de dispensa son: motivos de salud, viajes por estudios o salud, desastres naturales, robo o pérdida del DNI, fallecimiento de algún familiar directo, discapacidad física o mental, encontrarse en prisión, realizar alguna labor de índole electoral o por error en el padrón de votantes.

Además, en este proceso electoral se considerará causal de dispensa estar en uno de los grupos de riesgo de contagio de COVID-19; es decir, tener más de 65 años o padecer enfermedades determinadas. También se incluye a quienes, por presentar una temperatura superior a 37.5 grados, se vean impedidos de ingresar a los centros de votación.

 

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