Presentan proyecto de Ley para que Vizcarra no participe en las elecciones del 2021

La bancada de Acción Popular presentó el proyecto; sin embargo, el congresista Yonhy Lescano se negó a firmar.
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Con el objetivo de impedir la reelección inmediata tanto para jefes de Estado vacados como para vicepresidentes de la República y titulares del Congreso que hayan ejercido la Presidencia del Perú en forma temporal o permanente, la bancada de Acción Popular presentó un proyecto de ley en el Congreso.

El actual mandatario, Martín Vizcarra, no podría postular en las próximas elecciones, de aprobarse esta iniciativa legislativa, debido a que ejerce la presidencia de la República en su calidad de vicepresidente sucesor de la gestión renunciante Pedro Pablo Kuczynski.

Los congresistas de Acción Popular Edmundo Del Águila, Victor Andrés García Belaunce, Miguel Romány, Armando Villanueva fueron quienes presentaron esta moción y entre los fundametos expuestos, los legisladores indican que existe la “necesidad de precisar los alcances del articulo 112º de la Constitución Política del Perú con la finalidad de evitar las “interpretaciones auténticas”.

Por su parte, el congresista Yonhy Lescano desistió no firmar la moción indicando que era inoportuno. Ademas, agregó que, se comunicó con sus compañeros de la bancada para no presentar dicha moción, argumentando que “se podría interpretar como una arremetida contra Martín Vizcarra” y como “un proyecto de ley con nombre propio”.

La presentación de esta propuesta para evitar la reelección presidencial, se da en el marco de la presentación de iniciativas legislativas por parte del presidente Martín Vizcarra para someter a referéndum la consulta sobre la reelección de congresistas.

Según detalla el dictamen preliminar, el artículo 112° de la Constitución Política del Perú, acerca de la reelección inmediata del presidente de la República, debe contener los siguientes puntos:

1. Quien esté ejerciendo el cargo de Presidente de la República bajo cualquier circunstancia legal.

2. Quien fue vacado por las causales 2, 3, 4, y 5 contempladas en el artículo 113º de la Constitución Política del Perú.

3. Quien se encuentre suspendido en el ejercicio de la Presidencia de la República por las causales 1, y 2 del artículo 114º de la Constitución Política del Perú.

4. El Vicepresidente de la República, o el Presidente del Congreso de la República, que esté ejerciendo, en forma temporal o permanentemente, el cargo y funciones de Presidente de la República, en aplicación del artículo 115º de la Constitución Política del Perú.

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